Sanidad en Sevilla

Inspecciones de Sanidad en Sevilla: qué piden y cómo preparar tu local

En Sevilla el control oficial funciona en modelo dual: los inspectores del Distrito Sanitario Sevilla (Consejería de Salud, Junta de Andalucía) levantan las actas en bares y restaurantes, mientras el Ayuntamiento aporta su Laboratorio Municipal para analizar muestras y el Alcalde impone, por desconcentración, las sanciones leves y graves hasta 15.025,30 € (Ley 2/1998 de Salud de Andalucía y Decreto 20/2005); los expedientes mayores los resuelve la Junta. Esta guía repasa el checklist del inspector y las multas de la Ley 16/2011 de Salud Pública de Andalucía.

Checklist del inspector: 6 puntos clave

1

Formación en higiene alimentaria de todo el personal

Cada manipulador debe poder acreditar documentalmente su formación conforme al Reglamento (CE) 852/2004, Anexo II, Cap. XII. Es la primera comprobación del inspector del Distrito Sanitario.

2

Plan APPCC adaptado al establecimiento

Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico propio del local: PCC identificados, límites críticos definidos y acciones correctivas anotadas, no un documento genérico sin aplicar.

3

Registros de temperaturas y trazabilidad

Hojas de control de cámaras (≤ 4 °C refrigeración, ≤ −18 °C congelación), albaranes, lotes y caducidades. Con los veranos sevillanos por encima de 40 °C, el inspector mira estos registros con especial rigor.

4

Plan de Limpieza y Desinfección (L+D) y de control de plagas (DDD)

Procedimientos por zonas y frecuencias, fichas técnicas de los productos químicos empleados y contrato vigente con una empresa DDD inscrita en el ROESP.

5

Información de alérgenos al consumidor

Los 14 alérgenos del Reglamento (UE) 1169/2011 declarados por escrito o en soporte digital, también en las pizarras de tapas y cartas de temporada.

6

Registro alimentario andaluz y licencia municipal

Inscripción en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía cuando la actividad lo requiera (elaboración, envasado, distribución) y licencia de actividad del Ayuntamiento de Sevilla al día.

Sanciones tipificadas

En Andalucía, el régimen sancionador aplicable es el del artículo 107 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, que distingue tres niveles de infracción. La cuantía concreta se gradúa según gravedad, intencionalidad, reincidencia y daño causado.

Infracción leve

Hasta 3.000 €

Deficiencias puntuales de limpieza, registros incompletos sin riesgo para el consumidor, defectos menores de etiquetado.

Infracción grave

3.001 € – 15.000 €

Personal sin formación acreditada, ausencia de plan APPCC, ruptura de la cadena de frío, plagas sin controlar, falta de información de alérgenos.

Infracción muy grave

15.001 € – 600.000 €

Riesgo inminente para la salud pública, reincidencia, falsificación documental o venta de producto no apto. En estos casos cabe además el cierre temporal del establecimiento hasta 5 años.

Recursos oficiales

Laboratorio Municipal (Ayuntamiento de Sevilla) →Servicio municipal que analiza las muestras de alimentos y aguas tomadas en los controles; su informe sustenta los expedientes que sanciona el Alcalde.

Consejería de Salud y Consumo (Junta de Andalucía) →Autoridad de seguridad alimentaria de la que dependen los inspectores del Distrito Sanitario Sevilla y que resuelve los expedientes sancionadores de mayor cuantía.

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